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Tiempo Argentino
La justicia confirmó que las células madre que se utilizan para realizar trasplantes son de propiedad absoluta de sus donantes y no son de uso público. El fallo de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, que data del 17 de junio pero fue difundido ayer, ratificó la decisión de primera instancia reclamada por una pareja que objetó, mediante una medida cautelar, una resolución que permitía el uso público por cualquier paciente, de todas las células donadas.
La medida tuvo su origen en la resolución 69/09 del Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante (Incucai), que había autorizado la captación, colecta y almacenamiento de las células progenitoras hematopoyéticas (CPH), provenientes de la sangre ubicada en el cordón umbilical y la placenta de la mujer que inició la causa.
La mujer y su marido habían presentado un recurso para que se permitiera a una clínica privada la obtención de las CPH para que, una vez extraídas, quedaran conservadas para su exclusivo uso eventual, y que no fueran reportadas al Registro Público de células madre previsto por la ley 25.392.
Los reclamantes aseguraron que ellos "optan por no donar las células madre y que se niegan a hacer estudios de histocompatibilidad y a que se informe al Registro de Células Madre Hematopoyéticas." En su recurso, la pareja hizo expresa mención de que "no son donantes".
La jueza de primera instancia hizo lugar al planteo, afirmando que de lo contrario "se privaría a los padres de contar con las células para el tratamiento de patologías en el caso de una eventual contingencia o enfermedad que pudiera acontecer a sus hijos."
Apelada esa decisión, la Cámara rechazó el recurso. Los jueces Luis Márquez y José Luis López Castiñeira expresaron "que nadie podrá hacer uso de la sangre conservada sin previa autorización judicial". De tal modo, la resolución del Incucai que ratificaba el uso público de las CPH quedó desvirtuada. <